SI QUIERES SABER LOS REQUISITOS PARA LA AYUDA DE 426 EUROS QUE SE HA APROBADO ULTIMAMENTE (AGOSTO 2010) PUEDES VER OTRO ARTÍCULO SI CLICAS AQUÍ
Puede cobrar un subsidio por desempleo tras el agotamiento de la prestación contributiva siempre que:
- Carezca de rentas propias superiores al 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (474,98 euros, en 2010).
Además debe encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Acredite responsabilidades familiares por tener a cargo al cónyuge o hijos menores de veintiséis años, mayores incapacitados o menores en acogimiento familiar, y la renta del conjunto de su unidad familiar (incluido usted) dividida por el número de miembros que la componen, no supere el 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (en 2009, 468 ?).
- Sea mayor de 45 años y no tenga responsabilidades familiares y haya agotado una prestación de 4 o más meses. Si la prestación que agota es de 720 días, previamente a este subsidio podrá cobrar el Subsidio Especial.
- Sea mayor de 52 años, haya cotizado durante toda su Vida Laboral al menos seis años por la contingencia de desempleo y reúna todos los requisitos para acceder a cualquier pensión contributiva de jubilación del sistema de la Seguridad Social, salvo la edad.
Si usted ha agotado una prestación contributiva para eventuales agrarios, no tiene derecho a percibir ningún tipo de subsidio.
Red Trabaja
Se me acabo el Paro ¿tengo derecho a algun subsidio?



Comentarios
Agradecería información veridica, de alguien que lo sepa directamente.
Gracias
llamas por telefono te atiende una extranjera,buscas trabajo te atiende una extranjera,vas ala panaderia al super todos emigrantes,dicen que el español no quiere trabajar y gracias a los de fuera bla bla bla,señores esto solo a pasado desde que nos invaden la emigracion,
"a tu casa vendran y de ella te echaran"
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