Usted podrá acceder al subsidio para mayores de 52 años siempre que cumpla los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 52 años en el momento de la solicitud.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- Carecer de rentas propias superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (en 2010, 474,98 euros).
- Tener cotizados durante toda la Vida Laboral al menos seis años por la contingencia de desempleo.
- Reunir todos los requisitos para acceder a cualquier pensión contributiva de jubilación del sistema español de la Seguridad Social, salvo la edad.
- Estar incluido en alguno de los siguientes supuestos:
- Haber agotado una prestación o subsidio por desempleo
- Estar cobrando otra modalidad de subsidio en el momento en que cumple 52 años
- Ser emigrante retornado
- Ser liberado de prisión
- Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de mi expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez absoluta o total para la profesión habitual
- Estar en situación legal de desempleo por haber finalizado una relación laboral de forma involuntaria siempre que haya cotizado, al menos, 3 meses.
No tendrá acceso a este subsidio, aunque reúna el resto de requisitos, tras agotar una prestación contributiva para trabajadores eventuales agrarios, ni mientras tenga la condición de trabajador fijo-discontinuo.
¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar el subsidio de mayores de 52 años?


