¿Y si estamos cobrando el desempleo y nos sale un trabajo de media jornada?, ¿puedo compatibilizarlo?, pues te lo explicamos. Pongamos un supuesto, estás cobrando el paro máximo, 1050 euros (paro máximo si no tienes pluses por hijos y demás) y te aparece un trabajo de media jornada. En el inem te quitarán la parte proporcional de las horas que realizas (en este caso 4 horas al día, osea la mitad). Conclusión, te quedará un paro de 525 euros (la mitad)
Y siguiendo con este supuesto, en este trabajo ( a media jornada) tienes un sueldo neto (osea en mano) de 600 euros. Por lo tanto, sumando los 525 euros de paro con los 600 euros del empleo a media jornada hace un total de 1.125 euros, ¿no has ganado mucho con respecto a estar en el paro el 100% del tiempo, no?
¿Cuando nos puede convenir hacer esto?
1) Cuando vemos que el trabajo puede ser estable y el puesto no te desagrada.
2) Cuando ves que tu paro se acaba y debes empezar a trabajar si o si.
3) Porque crees que estar trabajando facilita poder encontrar otro empleo más facilmente.
¿Cómo realizo los tramites? Pues deberás ir a la oficina del inem con el contrato firmado por ti y por el empresario, con tu dni y con la tarjeta del paro. Sellar de nuevo, aunque no sea la fecha de renovación, y comentarles tus intenciones. Para posteriormente tener que rellenar un formulario en la misma oficina.
Nuestra recomendación: si estás cobrando el desempleo y totalmente parado, (y repetimos, totalmente), puede ser que te interese, no mirés solamente la remuneración económica. Si no, igual no te interesa.















Comentarios
Mi situación en estos momentos es un contrato a jornada completa a tiempo indefinido. Por motivos de cambio de convenio, no de contrato, nos reducen a media jornada. Tendría derecho a cobrar paro por la parte proporcional??? Tengo la máxima cotización.
Gracias. Un saludo,
Nuria
nursan21@hotmail.com
me ha salido un trabajo a media jornada, mi pregunta es si puedo trabajar sin perder los derechos en la empresa que me encuentro en suspension y tambien saber si el paro me pagaria la media jornada restante.
gracias por la atencion
un saludo
Mi pregunta es: Me afectaría si en caso quisiera que me pague mi finiquito mas adelante?
Otra es que me manda al paro por unos meses y luego me contrata, pero ya en media jornada.
Otra, si en caso de despedirme por cierre de iliquidez de mi jefe, que debo hacer? Puedo alegar que me pague el finiquito?
Gracias.
Trabajaba para una empresa a tiempo parcial (37 horas semanales) y a la vez tengo una excedencia en otra empresa también a tiempo parcial (20 horas).
Me han despedido de la primera y he solicitado la prestación correspondiente.
En la oficina del inem me han dicho que he de solicitar la reincorporación al trabajo en excedencia, cosa que ya he hecho.
He preguntado si podría hacer una compatibilización de la prestación que percibo y el trabajo al cual me incorporaré tras la excedencia y me han comentado que no, puesto que el trabajo al cual me voy a incorporar es mi trabajo habitual según ellos.
En este trabajo solo percibiré 420 euros al mes, y en el paro estaré sobre unos 700.
Tienen razón desde la oficina del inem? Tendría derecho a compatibilizarlo?
Muchas gracias, espero vuestra respuesta.
A mi me pasa justo al reves, tengo los dos años acumulados de paro porque en 10 años no lo he gastado. Ahora tengo un trabajo en el cual me han hecho indefinida pero a 25 horas... Se puede solicitar el paro desde 25h hasta las 40h?? Es decir, cobrar de mi paro lo que falte hasta 40h??
Gracias!!
Espero vuestra respuesta, mi correo es osanchezv@hotmail.com. Muchas gracias de antemano.
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